Cuando las empresas públicas realicen compras directas en el exterior deberán adherirse a los contratos elaborados por proveedores y contratistas, situación que hará perder al Estado capacidad de negociación, advirtieron ayer tres expertos.
El pasado 11 de junio, el Gobierno aprobó el Decreto Supremo 2030 que complementa al Decreto 1972 que dispone que las empresas estratégicas y otras estatales podrán efectuar compras directas en el extranjero, cuando los bienes y servicios no estén disponibles en el mercado nacional. El parágrafo I del Decreto 2030 autoriza que las empresas como YPFB, la EBIH, Enatex, Easba y otras más, como la Comibol, realicen compras directas.
En el parágrafo III del mismo artículo precisa que en la contratación de bienes y servicios especializados y en la contratación directa, señalada en el parágrafo precedente, YPFB, EBIH, Enatex, Easba, Yacana, Boliviana de Turismo, Comibol y sus empresas filiales y subsidiarias, ASP-B, SEDEM y ENDE "podrán adherirse a los contratos elaborados por los proveedores y contratistas”.
Esta última parte fue observado por tres expertos del área, entre ellos el analista Julio Alvarado, quién consideró que la disposición hará que, en el caso de que haya un incumplimiento, la empresa estatal tendrá que someterse a las reglas de la proveedora del mercado internacional. "Esto va en contra del famoso eslogan del presidente Evo Morales que dice que tendremos socios, pero no patrones. Si ellos nos dictan las condiciones, dónde está el discurso de soberanía y dignidad, eso demuestra que una cosa es el discurso y otra la práctica”, indicó el experto.
El analista Gustavo Jáuregui opinó que al permitirse la adhesión a contratos elaborados unilateralmente por empresas extrajeras, se le quitan la posibilidad de negociación a las estatales con sus proveedores.
El analista Julio Linares apuntó que con la aprobación del decreto Bolivia se convierte en un importador más y en el caso de que haya algún percance con los bienes que requiera, debe recurrir a las normas del comercio internacional, donde puede que se dé una resultado positivo o negativo. "Las empresas estatales tendrán que adecuarse a las fechas de entrega, modalidades que le impongan las empresas proveedoras, ahí habrá ciertas debilidades y el Estado será un importador más”, anticipó. Página Siete no pudo obtener al respecto una opinión del Ministerio de Desarrollo Productivo.
La medida
Disposición El único artículo del Decreto Supremo 2030, aprobado el pasado 11 de junio, establece a unas 10 empresas estatales "realizar contrataciones directas o por comparación de ofertas en territorio extranjero de bienes, obras y servicios especializados cuando éstos no estén disponibles en el mercado nacional o no se puedan recibir ofertas en el país o la contratación de éstos sea de mayor beneficio económico para la entidad”.
Anterior El pasado 16 de abril, el Gobierno aprobó el Decreto Supremo 1972 para permitir que cuatro empresas estratégicas -de hidrocarburos, de textiles y una azucarera- realicen contrataciones directas de bienes, obras y servicios en el exterior.
Ampliación Esta potestad antes estaba limitada solamente a YPFB y a la EBHI, pero ahora se amplió a otras estatales como la Comibol.
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